IVA y recargo de equivalencia: el régimen invisible del comercio minorista
Si tienes una tienda y vendes a particulares, posiblemente estás en recargo de equivalencia. Te contamos qué implica y cuándo te conviene.
El recargo de equivalencia es un régimen especial del IVA pensado para comerciantes minoristas que venden a particulares.
¿En qué consiste?
Pagas un IVA "extra" en tus compras (5,2%, 1,4% o 0,5% según el tipo). A cambio, no presentas trimestrales (303 ni 390) ni llevas libros de IVA.
¿A quién aplica?
- Comerciantes minoristas personas físicas (no sociedades)
- Comunidades de bienes en su totalidad de comerciantes
- Más del 80% de las ventas a particulares
Cuándo no te conviene
Si tu margen es bajo y tienes muchas ventas a profesionales (con factura), pierdes el derecho a deducir IVA en compras. Saca el cálculo.